NACIONALISMOS Y MINORIAS EN EUROPA

 

Indice


3.- Naciones y minorías en Europa: soluciones al problema.
3.1.- Reconocimiento del problema y búsqueda de soluciones regionales: la aportación del Consejo de Europa.

3.2.- La integración europea: una fórmula innovadora pero limitada.
3.3.- La CSCE y la OSCE: soluciones ambiciosas del problema.
3.4.- La OTAN y la UEO: garantías militares para evitar el deterioro del
problema.

3.4.- La OTAN y la UEO: garantías militares para evitar el deterioro del problema.

Ni el Tratado de Washington de 1949, por el que se creaba la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), ni mucho menos la Unión Europea Occidental (UEO), surgida al amparo del Tratado de Bruselas, suscrito en 1948, modificado en 1954 por el Protocolo de París y de nuevo a partir de la década de los ochenta, contemplaron entre sus funciones el desarrollo de acciones políticas o militares en relación con las minorías nacionales. Naturalmente, ambas alianzas establecían, como todas las alianzas, compromisos de cooperación política y militar en caso de amenaza o agresión contra algunos de los Estados miembros.

Son bien conocidas las diferencias entre ambas organizaciones aliancistas, pues mientras en la OTAN participan Estados Unidos y Canadá, además de países europeos, en la UEO, desde sus inicios sólo participan países europeos. En cambio, cuando se considera el á mbito geográfico de aplicación de las garantías políticas y militares, la OTAN quedaba restringida al área definida en el art. 6, mientras que la UEO nunca tuvo una restricción geoestratégica y por tanto siempre pudo, sobre el papel, actuar allí donde uno de sus miembros fuese agredido.

Por último, la OTAN ha desarrollado una amplia estructura orgánica, actualmente en proceso de modificación, y ha dispuesto de una poderosa capacidad militar operativa (fuerzas convencionales y nucleares, bases logísticas y sistemas de comunicación), el efecto de la bipolaridad impidió un desarrollo similar de la UEO que quedó como una simple estructura orgánica de cooperación militar internacional.

Aunque estas diferencias se han reducido en nuestros días debido al desarrollo de las capacidades operativas de la UEO, así como al establecimiento de un sistema de articulación operativa entre los recursos de la OTAN y los de la UEO, conocido como Identidad Europea de Defensa, gracias al cual la OTAN puede "ceder" para operaciones de la UEO y viceversa, lo cierto es que el futuro inmediato de ambas organizaciones aliancistas permanece todavía poco claro. (33)

Sin embargo, el desencadenamiento de los conflictos armados balcánicos, cuyas raíces nacionalistas son indiscutibles, obligó a ambas alianzas a realizar importantes despliegues militares con objeto de ejecutar los mandatos de la ONU o el cumplimiento de los Acuerdos de Paz de Dayton. Ya se tratase de controlar el Adriático para hacer efectivo el embargo de armas decretado por el Consejo de Seguridad, de garantizar la protección de los convoyes de ayuda humanitaria, de mantener el cese de hostilidades entre los beligerantes, de contribuir a la reconstrucción de las infraestructuras básicas destruidas durante las contiendas (carreteras, puentes, líneas telefónicas, eléctricas, etc.) o de garantizar el orden público durante las elecciones generales y locales, lo cierto es que la contribución de ambas alianzas en las operaciones de mantenimiento de la paz en la zona ha resultado decisiva. Sin ella es seguro que la situación de paz no se habría restablecido en Croacia o en Bosnia-Herzegovina.

Como se demostraría, poco después en la crisis albanesa y actualmente en el conflicto armado de Kossovo, las intervenciones de la OTAN y la UEO tienen como principal efecto impedir que los conflictos armados entre minorías se extiendan a otros países, restaurando y manteniendo la paz entre las partes beligerantes. Sin duda ambas funciones son fundamentales para garantizar la seguridad en toda Europa, impidiendo que se repitan conflictos bélicos generales como las dos Guerras Mundiales, pero siendo sinceros hay que decir que mas que auténticas soluciones al problema de las minorías, ambas alianzas realizan terapias de emergencia ante la falta de soluciones o la ineficacia de las soluciones aportadas por las distintas instituciones regionales europeas.

Contemplada desde esta perspectiva, la contribución de la OTAN y la UEO a la cuestión de las minorías, se encuentra estrechamente unida al debate suscitado sobre el derecho de injerencia con fines humanitarios o para la protección de los derechos humanos. La controversia jurídica surgida entre los internacionalistas con relación a este tema, no ha impedido que en términos estrictamente políticos y militares, el uso de la fuerza en los conflictos internos de los países que ponen en peligro la paz y la seguridad en una región, sea europea o no, esté convirtiéndose en una práctica cada vez más generalizada. (34)

En la medida en que este derecho de injerencia venga legalmente autorizado por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, único órgano facultado jurídicamente para determinar cuándo hay una amenaza a la paz o la seguridad internacional que exige el empleo de la fuerza (capítulo VII de la Carta de San Francisco), facilita la legalidad internacional de aquellas acciones de la OTAN y la UEO que gozan de dicha autorización.

Las crecientes dificultades para lograr que el Consejo de Seguridad adopte resoluciones autorizando el uso de la fuerza ante los riesgos o amenazas que entrañan las situaciones de discriminación de las minorías en varios países europeos, como ocurre en Chipre, Macedonia o los países bálticos, está propiciando la difusión de una nueva doctrina de la seguridad colectiva europea, según la cual la autorización del Consejo de Seguridad podría ser sustituida por la autorización de una organización regional en la que participasen todos los Estados europeos, es decir por la autorización de la OSCE.

Si prospera semejante doctrina considero que se perjudicará muy seriamente el orden jurídico y la estabilidad política no sólo de Europa sino del resto de la sociedad mundial. Para ser exactos en la formulación. En la medida en que esta doctrina erosiona gravemente las bases jurídicas, políticas y orgánicas de la seguridad colectiva mundial, que desde la II Guerra Mundial fueron atribuidas en exclusiva a la ONU, y en la medida en que Europa ha sido la región más directamente beneficiada por ese sistema de seguridad colectiva mundial durante los últimos cincuenta años, su quiebra, ante la instauración de un sistema de seguridad colectiva europea exclusivo y excluyente, nunca podrá resultarle beneficiosa porque lo que pudiera ganarse a escala regional se perderá a escala mundial y, por tanto, perjudicará la proyección intercontinental de los propios países europeos.

 

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